Asunto: 2026-3908
Fecha presentación: 07/09/2026
Código Ord.: 2026-2822
Fecha sanción: 10/09/2026
Título: RATIFICANDO Acta compromiso Liga Bellvillense
Resumen: RATIFICANDO Acta compromiso Liga Bellvillense. Presentado por el D.E.M. el día 07/09/2026, bajo el N° 3908/2026.
Estado: Vigente
Texto completo:
FUNDAMENTOS
El presente proyecto de Ordenanza tiene por objeto ratificar el ACTA COMPROMISO PARA LA ORGANIZACIÓN DEL TORNEO DE FÚTBOL INFANTIL – FIESTA NACIONAL DE LA PELOTA DE FÚTBOL, suscripta con fecha 21 de agosto de 2026 entre la MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE, representada por el Sr. Intendente Municipal Cr. Juan Manuel MORONI, y representantes de la LIGA BELLVILLENSE DE FÚTBOL, encabezados por su Presidente, Sr. Luis VALLES, conjuntamente con los representantes de los clubes locales que participan de la Liga y que han sido previstos como sedes del certamen.
La iniciativa encuentra fundamento en la particular vinculación histórica, cultural, deportiva e identitaria que une a la ciudad de Bell Ville con la pelota de fútbol, reconocida como uno de los elementos distintivos de nuestra comunidad y como fundamento de la celebración de la Fiesta Nacional de la Pelota de Fútbol.
En este marco, la incorporación de un torneo oficial de fútbol infantil constituye una herramienta concreta para vincular dicha celebración con una actividad deportiva de profunda inserción social y comunitaria, promoviendo la participación de niños, clubes, familias y entidades deportivas de nuestra ciudad y de la región.
El Acta Compromiso establece para la edición 2026 la realización de un Torneo de Fútbol Infantil el día 14 de noviembre de 2026, destinado a las categorías 2015, 2016, 2017 y 2018, con la posibilidad excepcional de reemplazar la categoría 2015 por la 2019, otorgándose al certamen carácter oficial dentro del ámbito de la Liga Bellvillense de Fútbol.
Asimismo, el acuerdo prevé que la competencia se desarrolle simultáneamente en las instalaciones de los cinco clubes de la ciudad que participan de la Liga Bellvillense de Fútbol —Club Argentino, Club Central, Club Atlético Talleres, Club Atlético River Plate y Club Atlético y Biblioteca Bell—, correspondiendo a la Liga la organización de los aspectos estrictamente deportivos, la conformación de zonas, modalidades de juego, reglamentación, duración de los encuentros y confección del fixture.
Por su parte, la Municipalidad de Bell Ville asume compromisos vinculados con la colaboración logística, difusión, promoción institucional, coordinación general, premios y reconocimientos, y la incorporación del torneo dentro de la programación oficial de la Fiesta Nacional de la Pelota de Fútbol.
La Liga Bellvillense de Fútbol, en el ámbito de sus competencias, asume la responsabilidad de otorgar carácter oficial al certamen, procurar la participación de los clubes afiliados, organizar los aspectos deportivos, coordinar las distintas sedes y efectuar la difusión institucional correspondiente.
A su vez, los clubes que actúen como sedes asumen obligaciones concretas respecto de la puesta a disposición y mantenimiento de sus instalaciones, organización de las jornadas, servicios de arbitraje y asistencia sanitaria, designación de responsables institucionales y cumplimiento de las disposiciones deportivas establecidas por la Liga.
La determinación de estas obligaciones recíprocas resulta esencial para dotar al proyecto de previsibilidad, organización y continuidad, evitando que la realización del certamen dependa exclusivamente de decisiones circunstanciales o de la voluntad unilateral de alguno de los actores intervinientes.
Especial relevancia reviste la Cláusula Séptima establece expresamente que la edición 2026 constituye una primera etapa de un proyecto de desarrollo progresivo, orientado a que el torneo adquiera en los años venideros una mayor dimensión deportiva, institucional y regional, procurando su incorporación estable al calendario anual de actividades de la Liga Bellvillense de Fútbol, bajo la modalidad de COPA, o aquella otra denominación y formato competitivo que institucionalmente resulte más adecuado.
Tal previsión reviste particular importancia, puesto que el objetivo de la iniciativa no se agota en la realización de una competencia durante la edición 2026 de la Fiesta Nacional de la Pelota de Fútbol, sino que procura establecer una política deportiva institucional de carácter permanente, vinculada a una celebración que pertenece a la identidad de la ciudad y que, por su naturaleza, trasciende los períodos de gobierno y las circunstancias políticas o institucionales particulares.
En consecuencia, resulta conveniente que la realización del torneo no quede sujeta a decisiones coyunturales de cada ejercicio, sino que se establezca como objetivo institucional su continuidad anual, integrándolo progresivamente al calendario de actividades deportivas y oficiales de la Fiesta Nacional de la Pelota de Fútbol, respetando en cada ejercicio las disponibilidades presupuestarias, las normas aplicables y las competencias propias de cada institución.
La previsión de continuidad tampoco debe entenderse limitada al ámbito estrictamente local. Por el contrario, constituye voluntad de las partes que, en futuras ediciones y conforme evolucionen las condiciones organizativas y deportivas, puedan incorporarse clubes pertenecientes a otras localidades y ligas de fútbol de la región, transformando progresivamente el certamen en una competencia de alcance regional que convoque a instituciones deportivas de distintos puntos de la Provincia de Córdoba y, eventualmente, de otras jurisdicciones.
De este modo, la Copa de la Fiesta Nacional de la Pelota de Fútbol, o el formato competitivo que en el futuro se determine, podrá constituirse como un acontecimiento deportivo anual propio de la ciudad de Bell Ville, contribuyendo a posicionarla como sede y punto de encuentro del fútbol infantil regional y fortaleciendo, simultáneamente, el carácter nacional de la Fiesta de la Pelota.
La presente ratificación municipal no importa alterar las competencias propias de la Liga Bellvillense de Fútbol en materia deportiva, ni sustituir sus procedimientos internos, sino consolidar un marco de cooperación institucional destinado a garantizar la continuidad y progresiva jerarquización de la actividad.
Por todo ello, y entendiendo que la iniciativa resulta de evidente interés deportivo, social, cultural e institucional para la ciudad de Bell Ville, corresponde otorgar respaldo legislativo al Acta Compromiso suscripta y establecer los mecanismos necesarios para procurar su continuidad y desarrollo progresivo.
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2822/2026
Artículo 1°: RATIFÍCASE en todas sus partes el ACTA COMPROMISO PARA LA ORGANIZACIÓN DEL TORNEO DE FÚTBOL INFANTIL – FIESTA NACIONAL DE LA PELOTA DE FÚTBOL, suscripta con fecha 21 de agosto de 2026 entre la MUNICIPALIDAD DE BELL VILLE, representada por el Sr. Intendente Municipal Cr. Juan Manuel MORONI, la LIGA BELLVILLENSE DE FÚTBOL, representada por su Presidente, Sr. Luis VALLES, la que como ANEXO I forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2°: REMÍTASE copia de la presente Ordenanza a la LIGA BELLVILLENSE DE FÚTBOL, a fin de que, conforme a su Estatuto y reglamentación interna, sea sometida a consideración y ratificación del órgano institucional competente, dejando debida constancia de dicha ratificación y de la incorporación del certamen a su programación y calendario deportivo anual.
Artículo 3°: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir los instrumentos complementarios que resulten necesarios para la implementación, organización y desarrollo de las sucesivas ediciones del torneo, siempre que los mismos se encuentren comprendidos dentro de los objetivos y compromisos establecidos por la presente Ordenanza y no impliquen modificar sustancialmente las obligaciones asumidas por las partes.
Artículo 4°: La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación.
Artículo 5°: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS.-