Ordenanza
Nº 2018-2222
Compra directa pelotas de fútbol
Resumen
Compra directa pelotas de fútbol.
Autor
Texto completo
FUNDAMENTOS
El Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre del corriente año sancionó la Resolución 685/2018 por la cual se sugirió al DEM a la adquisición de pelotas de fútbol a los fabricantes locales, inscriptos en la Municipalidad de Bell Ville y sin deudas contraídas con la misma.
La comisión organizadora de la Fiesta Nacional de la Pelota de Fútbol llevó adelante reuniones con los 5 fabricantes de balones locales a los fines de consensuar un producto de primera calidad a un mismo valor.
El importe fijado por los fabricantes, por un balón de primera calidad, sin ninguna marca, solo los logos solicitados por el Ejecutivo Municipal, es de pesos quinientos noventa y ocho ($598.00) IVA incluido, final por pelota.
El Ejecutivo resolvió la adquisición de cincuenta (50) pelotas de fútbol a cada uno de los fabricantes, y de este modo cumplimentar con la Resolución del Concejo Deliberante, tendiente al fomento de la fabricación de balones en todas sus cadenas de producción.
En el marco del artículo 10, inciso 4 del régimen de contrataciones, se requiere una ordenanza particular para llevar adelante la presente adquisición.
Por lo expuesto:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2222/2018
Artículo 1º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a adquirir en forma directa a las Empresas fabricantes de Pelotas de futbol, inscriptas en la Municipalidad de Bell Ville, y sin deudas con el Fisco, cincuenta (50) pelotas de futbol a cada una de las fábricas.
Artículo 2º: La contratación autorizada en el artículo anterior asciende a la suma de pesos ciento cuarenta y nueve mil quinientos ($149,500.00) IVA incluido, distribuidos en las cinco Empresas fabricantes de Pelotas de futbol, lo que se abonará a cada Empresa la suma de pesos veintinueve mil novecientos ($29,900.00) IVA incluido.
Artículo 3°: Los titulares de las Empresas fabricantes de Pelotas de futbol a adquirir, serán los siguientes:
• Antonini José
• Cairo Jesús
• Fuglini Fernando y Germán
• Grella Nicolas
• Medina Norberto
Artículo 4º: IMPÚTENSE los EGRESOS que demande la ejecución de la presente Ordenanza a la partida presupuestaria“FIESTA NACIONAL DE LA PELOTA DE FUTBOL” (código 02.01.03.13)
Artículo 5°: La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de su promulgación.
Artículo 6º: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.
El Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre del corriente año sancionó la Resolución 685/2018 por la cual se sugirió al DEM a la adquisición de pelotas de fútbol a los fabricantes locales, inscriptos en la Municipalidad de Bell Ville y sin deudas contraídas con la misma.
La comisión organizadora de la Fiesta Nacional de la Pelota de Fútbol llevó adelante reuniones con los 5 fabricantes de balones locales a los fines de consensuar un producto de primera calidad a un mismo valor.
El importe fijado por los fabricantes, por un balón de primera calidad, sin ninguna marca, solo los logos solicitados por el Ejecutivo Municipal, es de pesos quinientos noventa y ocho ($598.00) IVA incluido, final por pelota.
El Ejecutivo resolvió la adquisición de cincuenta (50) pelotas de fútbol a cada uno de los fabricantes, y de este modo cumplimentar con la Resolución del Concejo Deliberante, tendiente al fomento de la fabricación de balones en todas sus cadenas de producción.
En el marco del artículo 10, inciso 4 del régimen de contrataciones, se requiere una ordenanza particular para llevar adelante la presente adquisición.
Por lo expuesto:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2222/2018
Artículo 1º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a adquirir en forma directa a las Empresas fabricantes de Pelotas de futbol, inscriptas en la Municipalidad de Bell Ville, y sin deudas con el Fisco, cincuenta (50) pelotas de futbol a cada una de las fábricas.
Artículo 2º: La contratación autorizada en el artículo anterior asciende a la suma de pesos ciento cuarenta y nueve mil quinientos ($149,500.00) IVA incluido, distribuidos en las cinco Empresas fabricantes de Pelotas de futbol, lo que se abonará a cada Empresa la suma de pesos veintinueve mil novecientos ($29,900.00) IVA incluido.
Artículo 3°: Los titulares de las Empresas fabricantes de Pelotas de futbol a adquirir, serán los siguientes:
• Antonini José
• Cairo Jesús
• Fuglini Fernando y Germán
• Grella Nicolas
• Medina Norberto
Artículo 4º: IMPÚTENSE los EGRESOS que demande la ejecución de la presente Ordenanza a la partida presupuestaria“FIESTA NACIONAL DE LA PELOTA DE FUTBOL” (código 02.01.03.13)
Artículo 5°: La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de su promulgación.
Artículo 6º: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.