Ordenanza
Nº 2021-2454
Cloacas Pio Angulo
Resumen
AMPLIACIÓN Red de Cloacas en calle Pío Angulo (entre Martín Malharro y R. Gorordo). Presentado por el DEM, el día 01/09/2021 bajo el N° 3276/2021.
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Texto completo
FUNDAMENTOS
Que mediante nota de fecha 24 de Agosto de 2021, los vecinos Rossana Canova, DNI 16.338.282, German Alvarez, DNI 26.175.909, Tadeo Valenti, DNI 36.707.115, Diego Alassia, DNI 36.184.324 y Ariel Ascua, DNI 14.165.967, solicitan en su carácter de propietarios de los inmuebles ubicados en calle Pio Angulo (entre M. Malharro y R. Gorordo) nomenclatura catastral Circ. 02 -Secc. 04- Mza. 012 – Parc. 21, Parc. 22, Parc. 23, Parc. 24 y Parc. 25, la ejecución de la extensión de cañería subsidiaria de desagües cloacales sobre Pio Angulo ya que existe una boca de registro en la intersección de las calles Pio Angulo y M. Malharro con un ramal previsto por el municipio en la vereda a fin de dotar de dicho servicio a los propiedades antes mencionados.
Que la referida ampliación no tendrá costo alguno para el Municipio, ya que dicho gasto será afrontado de manera total por los solicitantes; entiéndase materiales como mano de obra. -
Que a su vez es menester declarar de utilidad pública dicho pedido, a razón de que realizada la obra en cuestión la red cloacal pasara a formar parte de la Red Municipal existente en nuestra Ciudad. –
Por ello.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 2454/2021
Artículo 1°) APRUÉBESE la solicitud realizada por Rossana Canova, DNI 16.338.282, German Alvarez, DNI 26.175.909, Tadeo Valenti, DNI 36.707.115, Diego Alassia, DNI 36.184.324 y Ariel Ascua, DNI 14.165.967 referida a la ampliación de la red cloacal ubicada en calle Pio Angulo entre M. Malharro y R. Gorordo, vereda Norte (84,00 metros desde vereda ubicada en Pio Angulo y M. Malharro hacia el Oeste) a fin de dotar de servicios a las parcelas 21, 22, 23, 24 y 25.-
Artículo 2°) TÉNGASE por integrado la presente documentación obrante en el expediente municipal n° 572/2021 de fecha 25/08/2021, el cual pasa a formar parte de la presente Ordenanza constando del siguiente documental:
1- Factibilidad de Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltda.
2- Plano aprobado por Colegio de Ingenieros Civiles.
3- Pliego de Especificaciones Técnicas. -
4- Contrato de Obra.
5- Plano de Detalle de la Obra.
Artículo 3°) DECLÁRESE de utilidad pública la presente ampliación de red cloacal referenciada en el Artículo 1° y en consecuencia pase a formar parte de la red cloacal municipal. -
Artículo 4°) ESTABLÉZCASE que el pago de la obra, estará a cargo de Rossana Canova, DNI 16.338.282, German Alvarez, DNI 26.175.909, Tadeo Valenti, DNI 36.707.115, Diego Alassia, DNI 36.184.324 y Ariel Ascua, DNI 14.165.967 en su totalidad, es decir mano de obra y materiales necesarios.
Artículo 5°) DISPÓNGASE que la ejecución de la Obra Ampliación de la Red de Cloacas se ejecutará por cuenta de terceros, de acuerdo a las disposiciones vigentes.-
Artículo 6°) ESTABLÉZCASE que la Dirección Técnica de la Obra estará a cargo de la Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltda -CUIT n° 30-66824965-1.-
Artículo 7°) El Departamento Ejecutivo Municipal queda facultado para reglamentar los alcances, interpretaciones y aplicación de la presente Ordenanza.
Artículo 8°) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.
Que mediante nota de fecha 24 de Agosto de 2021, los vecinos Rossana Canova, DNI 16.338.282, German Alvarez, DNI 26.175.909, Tadeo Valenti, DNI 36.707.115, Diego Alassia, DNI 36.184.324 y Ariel Ascua, DNI 14.165.967, solicitan en su carácter de propietarios de los inmuebles ubicados en calle Pio Angulo (entre M. Malharro y R. Gorordo) nomenclatura catastral Circ. 02 -Secc. 04- Mza. 012 – Parc. 21, Parc. 22, Parc. 23, Parc. 24 y Parc. 25, la ejecución de la extensión de cañería subsidiaria de desagües cloacales sobre Pio Angulo ya que existe una boca de registro en la intersección de las calles Pio Angulo y M. Malharro con un ramal previsto por el municipio en la vereda a fin de dotar de dicho servicio a los propiedades antes mencionados.
Que la referida ampliación no tendrá costo alguno para el Municipio, ya que dicho gasto será afrontado de manera total por los solicitantes; entiéndase materiales como mano de obra. -
Que a su vez es menester declarar de utilidad pública dicho pedido, a razón de que realizada la obra en cuestión la red cloacal pasara a formar parte de la Red Municipal existente en nuestra Ciudad. –
Por ello.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 2454/2021
Artículo 1°) APRUÉBESE la solicitud realizada por Rossana Canova, DNI 16.338.282, German Alvarez, DNI 26.175.909, Tadeo Valenti, DNI 36.707.115, Diego Alassia, DNI 36.184.324 y Ariel Ascua, DNI 14.165.967 referida a la ampliación de la red cloacal ubicada en calle Pio Angulo entre M. Malharro y R. Gorordo, vereda Norte (84,00 metros desde vereda ubicada en Pio Angulo y M. Malharro hacia el Oeste) a fin de dotar de servicios a las parcelas 21, 22, 23, 24 y 25.-
Artículo 2°) TÉNGASE por integrado la presente documentación obrante en el expediente municipal n° 572/2021 de fecha 25/08/2021, el cual pasa a formar parte de la presente Ordenanza constando del siguiente documental:
1- Factibilidad de Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltda.
2- Plano aprobado por Colegio de Ingenieros Civiles.
3- Pliego de Especificaciones Técnicas. -
4- Contrato de Obra.
5- Plano de Detalle de la Obra.
Artículo 3°) DECLÁRESE de utilidad pública la presente ampliación de red cloacal referenciada en el Artículo 1° y en consecuencia pase a formar parte de la red cloacal municipal. -
Artículo 4°) ESTABLÉZCASE que el pago de la obra, estará a cargo de Rossana Canova, DNI 16.338.282, German Alvarez, DNI 26.175.909, Tadeo Valenti, DNI 36.707.115, Diego Alassia, DNI 36.184.324 y Ariel Ascua, DNI 14.165.967 en su totalidad, es decir mano de obra y materiales necesarios.
Artículo 5°) DISPÓNGASE que la ejecución de la Obra Ampliación de la Red de Cloacas se ejecutará por cuenta de terceros, de acuerdo a las disposiciones vigentes.-
Artículo 6°) ESTABLÉZCASE que la Dirección Técnica de la Obra estará a cargo de la Cooperativa de Trabajo Sudeste Ltda -CUIT n° 30-66824965-1.-
Artículo 7°) El Departamento Ejecutivo Municipal queda facultado para reglamentar los alcances, interpretaciones y aplicación de la presente Ordenanza.
Artículo 8°) COMUNÍQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.