Ordenanza
Nº 2023-2602
Convenio con el Ministerio de Justicia y D.H. de la Nación
Resumen
APROBANDO Modelo Convenio y Acta Acuerdo y AUTORIZANDO al D.E.M. a suscribir Convenio con el Ministerio de Justicia y D.H. de la Nación. Presentado por el D.E.M., el día 26/04/2023, bajo el N° 3509/2023.
Autor
Texto completo
FUNDAMENTOS
Que en la actualidad, dadas las herramientas tecnológicas existentes, resulta oportuno el trabajo en complementación con el Ministerios de Justicia y Derechos Humanos de la Nación a través de la Dirección de los Registros Nacionales Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios a fin de unificar los registros y datos existentes en las diversas jurisdicciones y agilizar los trámites registrales y administrativos relativos a los automotores.
Por lo expuesto:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2602/2023
Artículo 1°: APRUÉBESE el modelo de Convenio de Complementación de Servicios entre la Municipalidad de Bell Ville y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación; y el modelo de Acta Acuerdo Complementario entre la Municipalidad de Bell Ville y la Asociación de Concesionarias del Automotor de la República Argentina –ACARA- en el marco de la cláusula decima primera del mencionado Convenio, para el cobro del impuesto a la Radicación de Automotores y Motovehículos (patentes) correspondientes a la misma, que como ANEXO I se adjunta y forma parte de la presente Ordenanza.
Artículo 2°: AUTORIZASE al Intendente Municipal a suscribir con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, los Convenios y Actas Acuerdo Complementarias mencionados en el Artículo precedente.
Artículo 3°: La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de su promulgación.
Artículo 4°: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.
Que en la actualidad, dadas las herramientas tecnológicas existentes, resulta oportuno el trabajo en complementación con el Ministerios de Justicia y Derechos Humanos de la Nación a través de la Dirección de los Registros Nacionales Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios a fin de unificar los registros y datos existentes en las diversas jurisdicciones y agilizar los trámites registrales y administrativos relativos a los automotores.
Por lo expuesto:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, DEPARTAMENTO UNIÓN, PROVINCIA DE CÓRDOBA, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 2602/2023
Artículo 1°: APRUÉBESE el modelo de Convenio de Complementación de Servicios entre la Municipalidad de Bell Ville y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación; y el modelo de Acta Acuerdo Complementario entre la Municipalidad de Bell Ville y la Asociación de Concesionarias del Automotor de la República Argentina –ACARA- en el marco de la cláusula decima primera del mencionado Convenio, para el cobro del impuesto a la Radicación de Automotores y Motovehículos (patentes) correspondientes a la misma, que como ANEXO I se adjunta y forma parte de la presente Ordenanza.
Artículo 2°: AUTORIZASE al Intendente Municipal a suscribir con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, los Convenios y Actas Acuerdo Complementarias mencionados en el Artículo precedente.
Artículo 3°: La presente Ordenanza comenzará a regir a partir de su promulgación.
Artículo 4°: COMUNIQUESE, publíquese, dese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BELL VILLE, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.